miércoles, 20 de marzo de 2013

Clausula suelo y techo, un abuso consentido por el Gobierno

El Banco bonifica un  0.20% con nomina ,tarjeta,seguros
Un juez de Bilbao anula la cláusula 'suelo' de una hipoteca

El banco condenado tendrá que devolver la cantidad cobrada en aplicación del tipo mínimo del 3%


Pocas horas antes de que el Tribunal Supremo empiece a discutir si declara abusivas las cláusulas suelo y techo de algunas hipotecas, un juzgado de Bilbao ha anulado una de estas limitaciones al abaratamiento de los créditos y ha condenado al banco que la impuso a devolver las cantidades cobradas de más por la existencia de un tipo de interés mínimo.

El Banco te "ofrece" una mentira  "euribor + 0,55"
En un sentencia fechada el 7 de marzo que se hizo pública ayer, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao ha estimado íntegramente la demanda planteada por un hombre que en 2004 contrató un préstamo hipotecario por importe de 480.000 euros a devolver en 25 años, a un interés variable de Euribor más un 0,50 de diferencial, y que preveía un tipo mínimo de referencia del 3% y un tipo máximo del 15%. Ese crédito fue ampliado en abril de 2008, en un principal de 90.000 euros más, haciendo un total de 570.000 euros y en un plazo de ocho años más, de forma que el plazo total pasó a ser de 33 años, manteniendo el tipo de interés variable.

El Banco cobra el 2,50% de suelo mas el 0,55% (3.05%)
La sentencia del Juzgado bilbaino que declara nulo el establecimiento de ese tipo mínimo del 3% en el crédito hipotecario no es la primera en este sentido, pero tiene la particularidad de que se ha hecho pública un día antes de que el pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo comience a deliberar sobre la legalidad de las cláusulas denominadas suelo y techo de los contratos de préstamo hipotecario a interés variable. De hecho la sentencia emitida en Bilbao cita otros fallos judiciales así como resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en defensa de los consumidores para argumentar que la cláusula anulada era "abusiva por desproporcionada".

Y es que mientras el tipo de interés de referencia para las hipotecas no ha hecho más que bajar y actualmente roza el 0,6%, la sentencia, dictada por el juez Aner Uriarte, declara probado que en los últimos doce años el Euribor nunca superó el 6%, de manera que no se podría haber activado el tipo máximo (techo del 15%) mientras que el demandante no se pudo beneficiar totalmente del descenso del Euribor por culpa del tipo mínimo (suelo).

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